Título TÍTULO VIII

Art. 39

En vigor desde 15 mar 2023
El régimen jurídico del uso instrumental de especies animales en procesos de naturaleza terapéutica será establecido con las oportunas medidas de control del bienestar animal mediante desarrollo reglamentario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2023/03/13/2#art-39

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil