Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 46

En vigor desde 30 abr 2021
En el marco de lo establecido por la normativa vigente que resulte de aplicación, desde el Síndic de Greuges podrán proponerse a los sujetos investigados y a las personas afectadas por la actividad o inactividad que se investiga fórmulas de conciliación, mediación o composición de controversias que faciliten la resolución del procedimiento. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el DOGV núm. 9077, de 6 de mayo de 2021. Ref. BOE-A-2021-8454
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eli/es-vc/l/2021/03/26/2#art-46

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