Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Reglas generales
Art. 3
En vigor desde 20 oct 2020
1. Los mecanismos de intervención administrativa alternativos a la autorización o licencia para el ejercicio de la actividad económica son, con carácter general, la declaración responsable y la comunicación previa.
2. En el marco de la legislación básica aplicable a cada caso, estos mecanismos alternativos se rigen excepcionalmente y a petición del interesado por lo que dispone esta ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2020/10/15/2#art-3