Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. sección 4.ª Los planes de igualdad y otras medidas de promoción de la igualdad›§ Subsección 2.ª Otras medidas
Art. 87
En vigor desde 9 mar 2019
Sin perjuicio del ejercicio de la autonomía de las organizaciones empresariales y sindicales, la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria impulsará desde el diálogo social la adopción de mecanismos que permitan una gestión anticipada de las consecuencias derivadas de los procesos de reestructuración empresarial, a fin de minimizar los posibles impactos negativos en términos de género.
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Proeli/es-cb/l/2019/03/07/2#art-87