Art. 5
En vigor desde 23 mar 2017
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de la Comunidad de Madrid se relacionará con la Administración de la Comunidad de Madrid a través de la Consejería competente en materia de colegios profesionales. En los aspectos relativos a los contenidos propios de la profesión, el Colegio se relacionará con dicha Administración a través de la Consejería competente en materia de sanidad.
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Proeli/es-md/l/2017/03/09/2#art-5