Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

En vigor desde 10 feb 2017
Se modifica el apartado 4 de la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, que queda redactado como sigue: «4. El personal funcionario de carrera que a partir de la entrada en vigor de la presente ley acceda a los puestos directivos a que hace referencia esta disposición se mantendrá en la situación de servicio activo, con reserva del puesto de trabajo que ocupe con carácter definitivo en el momento del nombramiento, si dicho puesto se obtuvo mediante concurso.»
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eli/es-ga/l/2017/02/08/2#art-13

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