Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 5
En vigor desde 30 dic 2023
1. La Comunidad de Madrid reconoce a todas las personas libres e iguales ante la ley en dignidad y derechos, con independencia de su orientación sexual, su condición transexual, o de sus características sexuales.
2. Ninguna persona podrá ser objeto de discriminación por estos motivos.
Se modifica por el art. único.5 de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10767
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2016/03/29/2#art-5