Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria primera
En vigor desde 1 abr 2015
Queda derogada la Ley 11/1998, de 5 de diciembre, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León, así como todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en la presente Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2015/03/04/2#disposicion-derogatoria-primera