Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 24
En vigor desde 14 abr 2015
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja solicitará informe previo y no vinculante del Ayuntamiento de Logroño sobre cualquier proyecto de creación o reforma de grandes infraestructuras que se ubiquen en su término municipal, o parte de las mismas que se asienten o transcurran en el mismo, que, sin ubicarse o transcurrir por su término municipal, puedan suponer un impacto social, económico o medioambiental en la ciudad, todo ello sin perjuicio de las competencias municipales en la materia.
2. La solicitud del informe se realizará durante la tramitación del expediente que corresponda y formará parte del mismo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2015/03/23/2#art-24