Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria quinta
En vigor desde 1 ene 2016
Durante el ejercicio 2016, se aplicarán las exenciones y bonificaciones en el canon de agua residual doméstica a aquellos sujetos pasivos que hubiesen acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello en la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 36/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Económico y Financiero del abastecimiento y saneamiento de aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se añade por el .6.2 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-478 .
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2014/11/26/2#disposicion-transitoria-quinta