Art. Disposición final tercera

En vigor desde 31 may 2013
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno aprobará la revisión del Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y dictará las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2013/05/29/2#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil