Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Promoción turística
Art. 29
En vigor desde 2 ago 2011
La señalización turística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se ajustará a lo determinado en el Manual de Señalización Turística vigente en el momento de su implantación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2011/01/31/2#art-29