Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 8 jul 2011
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2011/03/25/2#disposicion-final-tercera