Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 86

En vigor desde 17 ago 2008
Corresponde a la Consejería competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura el estudio, análisis y valoración de los riesgos que afectan al Patrimonio y actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma, su aseguramiento y la formalización de los contratos de seguro, correspondiendo a cada Consejería, organismo o ente público dependiente el pago de la prima devengada, la gestión y garantía de los mismos, salvo previsión en contrario.
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eli/es-ex/l/2008/06/16/2#art-86

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