Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 56

En vigor desde 3 jul 2007
Las Administraciones del Sistema Público de Servicios Sociales podrán concertar la reserva y/o ocupación de plazas en Centros de servicios sociales.
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eli/es-cb/l/2007/03/27/2#art-56

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