Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 23
En vigor desde 12 jun 2007
La consejería competente establecerá períodos hábiles de marisqueo, zonas restringidas, épocas de veda, artes a emplear y demás extremos significativos en orden al ejercicio de dicha actividad.
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Proeli/es-mc/l/2007/03/12/2#art-23