Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional sexagésima primera
En vigor desde 1 ene 2005
El Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio realizarán, conjuntamente con los principales sectores afectados, un estudio que cuantifique el coste económico para el sector español del transporte de mercancías, de la Propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva 1999/62/CE relativa a la implantación de gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por la utilización de determinadas infraestructuras, en los diversos países europeos.
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Proeli/es/l/2004/12/27/2#disposicion-adicional-sexagesima-primera