Título TÍTULO III

Art. 32

En vigor desde 30 mar 2003
La Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears elaborará y aprobará su reglamento de funcionamiento, que será publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2003/03/20/2#art-32

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil