Capítulo CAPÍTULO V›Secc. SECCIÓN 2.ª ADMINISTRADORES
Art. 69
En vigor desde 1 jun 1995
1. La responsabilidad de los administradores de la sociedad de responsabilidad limitada se regirá por lo establecido para los administradores de la sociedad anónima.
2. El acuerdo de la Junta General que decida sobre el ejercicio de la acción de responsabilidad requerirá la mayoría prevista en el apartado 1 del artículo 53, que no podrá ser modificada por los estatutos.
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Proeli/es/l/1995/03/23/2#art-69