Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 25
En vigor desde 3 feb 1995
Las entidades deportivas se clasifican, a los efectos de esta Ley, en clubes deportivos, agrupaciones de clubes de ámbito autonómico y federaciones deportivas asturianas.
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Proeli/es-as/l/1994/12/29/2#art-25