Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO III

Art. 5

En vigor desde 13 jul 1992
Son objetivos de la presente Ley en su ámbito de aplicación: 1. La protección y conservación de la cubierta vegetal, del suelo y la fauna, todo ello en consonancia con los objetivos fijados por la legislación medioambiental. 2. La restauración de ecosistemas forestales degradados, especialmente los sujetos a procesos erosivos y de desertificación. 3. Propiciar la adecuada asignación de usos del suelo y la utilización racional de los recursos naturales renovables. 4. Garantizar la integración del uso social, productivo y recreativo de los terrenos forestales, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida, de la salud y de las condiciones sociales y económicas de las comunidades rurales. 5. Posibilitar una efectiva participación social, en las decisiones sobre las materias contenidas en la presente Ley con especial atención a los intereses municipales y de las demás Entidades Locales.
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eli/es-an/l/1992/06/15/2#art-5

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