Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
En vigor desde 13 jul 1992
Las disposiciones de la presente Ley serán de aplicación a todos los terrenos forestales del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con independencia de quien sea su titular.
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Proeli/es-an/l/1992/06/15/2#art-4