Título TÍTULO IV

Art. 14

En vigor desde 22 may 1985
No decaerá la iniciativa legislativa popular que se hallara en tramitación en las Cortes de Castilla-La Mancha al disolverse éstas, si bien podrá retrotrarse al trámite que la Mesa de la Cámara decida, sin que en ningún caso sea preciso presentar nuevamente los pliegos de firmas autenticadas.
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eli/es-cm/l/1985/05/08/2#art-14

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