Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 1 ene 2022
Durante 2020 se dotarán, mediante modificación presupuestaria, los créditos presupuestarios que resulten adecuados para la financiación del ingreso mínimo vital.
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eli/es/l/2021/12/20/19#disposicion-transitoria-quinta

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