Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Directriz 69

Derogado
En vigor desde 16 abr 2003
1. El planeamiento procurará el uso eficiente del suelo mediante el incremento de la densidad bruta de los núcleos, a partir de sus densidades actuales y sus características morfológicas y sin que ello signifique merma de la calidad de vida. 2. El planeamiento insular determinará horquillas de densidades mínimas, por tipos de núcleos y municipios, para los suelos urbanizables residenciales, de acuerdo con el criterio de incrementar la densidad bruta de los núcleos y su edificabilidad, a partir de su densidad actual y conforme a sus características morfológicas.
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eli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-69

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