Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 54
En vigor desde 16 nov 2002
Corresponde a cada Administración Pública titular de los archivos públicos incoar, tramitar y resolver los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en el artículo 52 de la presente Ley, excepto la 51.1.a), la 51.2.a) y e) y la 51.3.b) que corresponderán a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2002/10/24/19#art-54