Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 45
En vigor desde 16 nov 2002
Las transferencias de documentos tienen el carácter de un procedimiento administrativo especial de las Administraciones Públicas consistente en la entrega, ordenada y relacionada por escrito, de los documentos de un archivo a otro, así como del traspaso de las responsabilidades relativas a su custodia y conservación.
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Proeli/es-cm/l/2002/10/24/19#art-45