Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 26 sept 2002
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, la Delegación de Aragón del Colegio Oficial de Psicólogos convocará una Asamblea General extraordinaria, que tendrá el carácter de Asamblea constituyente del Colegio Profesional de Psicólogos de Aragón, en la cual se aprobarán los Estatutos del Colegio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, y se procederá a la elección de las personas que ocuparán los cargos correspondientes en el órgano del gobierno colegial.
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Proeli/es-ar/l/2002/09/18/19#disposicion-transitoria-segunda