Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Régimen especial de las entidades de crédito
Art. 53
DerogadoEn vigor desde 31 dic 2006
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-Ley 12/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-22952 . Se añade un párrafo al apartado 1 por el .11 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29117 . Se modifica por el art. único.11 del Real Decreto-Ley 3/1996, de 26 de enero. Ref. BOE-A-1996-1707 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/07/06/19#art-53