Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Régimen especial de las entidades de crédito
Art. 53
Derogado62 / 119En vigor desde 31 dic 2006
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-Ley 12/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-22952 . Se añade un párrafo al apartado 1 por el .11 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29117 . Se modifica por el art. único.11 del Real Decreto-Ley 3/1996, de 26 de enero. Ref. BOE-A-1996-1707 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/07/06/19#art-53