Art. Artículo quinto

En vigor desde 29 abr 2015
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria.b) de la Ley 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4607#dd ., salvo para los fondos de titulización hipotecaria que se hubiesen constituido con anterioridad a la aprobación de esta Ley. Se modifica el apartado 8 por el art. 2 de la Ley 15/2011, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2011-10531 . Se modifica el apartado 3 por la disposición final 4.1 de la Ley 5/2009, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2009-10751 Se deroga el apartado 10, en lo que afecte al Impuesto sobre Sociedades, por la disposición derogatoria única.1.29 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27752 Esta derogación surte efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir el 1 de enero de 1996, según establece la disposición final 11.

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eli/es/l/1992/07/07/19#articulo-quinto

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