Art. Artículo séptimo

En vigor desde 29 abr 2015
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria.b) de la Ley 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4607#dd ., salvo para los fondos de titulización hipotecaria que se hubiesen constituido con anterioridad a la aprobación de esta Ley. Se añade por la disposición final 4.2 de la Ley 5/2009, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2009-10751

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eli/es/l/1992/07/07/19#articulo-septimo

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