Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 48

En vigor desde 4 ago 2017
El departamento competente en materia de actividades feriales ejerce las competencias en materia de ferias internacionales que se celebren en Cataluña, de acuerdo con el artículo 121.2 del Estatuto.
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eli/es-ct/l/2017/08/01/18#art-48

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