Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 12 jun 2010
En las deliberaciones y los actos de las sesiones de la Comisión de Gobierno deben aplicarse las mismas normas de funcionamiento establecidas para las sesiones y los actos del Pleno.
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eli/es-ct/l/2010/06/07/18#art-17

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