Art. 3
En vigor desde 7 jul 2012
1. El Colegio Vasco de Periodistas agrupará a profesionales que se encuentren en posesión de la titulación universitaria en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, Comunicación Audiovisual o titulación declarada equivalente.
2. En lo relativo a profesionales extranjeros, se aplicará la normativa vigente en aplicación del Derecho comunitario relativo al reconocimiento de calificaciones por la autoridad pertinente.
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Proeli/es-pv/l/2012/06/28/17#art-3