Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 1 ene 2013
Se autoriza al Organismo Autónomo Instituto Nacional de Administración Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a incorporar al remanente de tesorería propio del Organismo los importes no utilizados a final del ejercicio 2012, hasta un límite máximo de 188,75 miles de euros, de los fondos destinados a ejecución de los Planes de Formación para el Empleo asignados al INAP como promotor, y de los destinados a las actividades complementarias que tengan relación con el programa de formación para el empleo en las Administraciones Públicas.
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eli/es/l/2012/12/27/17#disposicion-adicional-segunda

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