Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional quincuagésima

En vigor desde 1 ene 2013
El importe de la aportación del Estado a la línea de financiación creada en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será de 20.000 miles de euros, cantidad que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.16.433M.821.12. La aprobación de cualquier acto o negocio jurídico a realizar para disponer del crédito previsto en el párrafo anterior necesitará del informe favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos sobre el cumplimiento de los requisitos necesarios para hacer posible su financiación mediante Fondos Estructurales Europeos.
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eli/es/l/2012/12/27/17#disposicion-adicional-quincuagesima

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