Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional cuadragésima quinta
En vigor desde 1 ene 2013
Con efectos a 31 de diciembre de 2012 queda extinguido el Fondo de Apoyo a la República Helénica constituido mediante el Real Decreto-Ley 7/2010, de 7 de mayo, por el que se crea el Fondo de Apoyo a la República Helénica y se autoriza un crédito extraordinario por importe de 9.794.387.450 euros para su dotación.
La Administración General del Estado queda subrogada en todos los derechos y obligaciones que correspondieran al Fondo en la fecha señalada en el párrafo anterior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2012/12/27/17#disposicion-adicional-cuadragesima-quinta