Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional octogésima octava
En vigor desde 1 ene 2013
1. Se declaran de interés general las siguientes obras:
Obras de mejora de infraestructuras rurales en:
Aragón:
– Forniche Bajo (Teruel).
– Berge (Teruel).
– Lidón a Visiedo (Teruel).
– Loscos-Santa Cruz Nogueras (Teruel).
– Guadalaviar (Teruel).
– Puente Valacloche-Cascante (Teruel).
Ampliación del Canal de Navarra, 1.ª fase
Se aprueban y declaran de interés general las obras hidráulicas correspondientes a la ampliación de la 1.ª fase del Canal de Navarra mediante la incorporación de 15.275 Ha. en los interfluvios de los ríos Ega y Arga, que se incorporarán al conjunto de obras hidráulicas declaradas de interés general del embalse de Itoiz y el Canal de Navarra.
Obras de mejora de calidad de las aguas superficiales en la cuenca del Duero:
– Emisario de Fuentespina a la EDAR de Aranda de Duero y medidas correctoras del vertido de Villalba de Duero.
– Ampliación, mejora y adecuación de la EDAR de Guijuelo y emisario.
– Nueva EDAR y emisario de La Bañeza
– Nueva EDAR y emisario de Canicosa de la Sierra
– Nueva EDAR y emisario de Palacios de la Sierra-Castrovido-Hacinas y Castrillo de la Reina
– Remodelación EDAR y emisario de Quintanar de la Sierra
– Nuevo EDAR y emisario de Vilvestre del Pinar
– Emisario de Pelabravo-Azud de Villagonzalo
– Emisario de Arapiles-Las Torres-Carbajosa
– Nueva EDAR de El Payo
– Nueva EDAR de El Sahugo
– Colector de El Bodón
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR de Zamora y emisarios del alfoz (Morales del Vino, Monfarracinos, Villaralbo y otros)
– Eliminación de nutrientes y ampliación de EDAR de Venta de Baños y emisario
– Mejora EDAR y emisario de Cuellar
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Medina del Campo
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Iscar
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tordesillas
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tudela de Duero
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Cantalejo
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Benavente
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Toro
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Arévalo
– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Peñaranda de Bracamonte
– Nueva EDAR y emisarios de El Barco de Ávila
– Mejora y remodelación EDAR, terciario y emisario de La Granja de San Ildefonso
2. Las obras incluidas en esta disposición adicional llevarán implícitas las declaraciones siguientes:
a) La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
b) La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
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Proeli/es/l/2012/12/27/17#disposicion-adicional-octogesima-octava