Art. Disposición adicional octogésima octava
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional octogésima octava

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En vigor desde 1 ene 2013
1. Se declaran de interés general las siguientes obras: Obras de mejora de infraestructuras rurales en: Aragón: – Forniche Bajo (Teruel). – Berge (Teruel). – Lidón a Visiedo (Teruel). – Loscos-Santa Cruz Nogueras (Teruel). – Guadalaviar (Teruel). – Puente Valacloche-Cascante (Teruel). Ampliación del Canal de Navarra, 1.ª fase Se aprueban y declaran de interés general las obras hidráulicas correspondientes a la ampliación de la 1.ª fase del Canal de Navarra mediante la incorporación de 15.275 Ha. en los interfluvios de los ríos Ega y Arga, que se incorporarán al conjunto de obras hidráulicas declaradas de interés general del embalse de Itoiz y el Canal de Navarra. Obras de mejora de calidad de las aguas superficiales en la cuenca del Duero: – Emisario de Fuentespina a la EDAR de Aranda de Duero y medidas correctoras del vertido de Villalba de Duero. – Ampliación, mejora y adecuación de la EDAR de Guijuelo y emisario. – Nueva EDAR y emisario de La Bañeza – Nueva EDAR y emisario de Canicosa de la Sierra – Nueva EDAR y emisario de Palacios de la Sierra-Castrovido-Hacinas y Castrillo de la Reina – Remodelación EDAR y emisario de Quintanar de la Sierra – Nuevo EDAR y emisario de Vilvestre del Pinar – Emisario de Pelabravo-Azud de Villagonzalo – Emisario de Arapiles-Las Torres-Carbajosa – Nueva EDAR de El Payo – Nueva EDAR de El Sahugo – Colector de El Bodón – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR de Zamora y emisarios del alfoz (Morales del Vino, Monfarracinos, Villaralbo y otros) – Eliminación de nutrientes y ampliación de EDAR de Venta de Baños y emisario – Mejora EDAR y emisario de Cuellar – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Medina del Campo – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Iscar – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tordesillas – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tudela de Duero – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Cantalejo – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Benavente – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Toro – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Arévalo – Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Peñaranda de Bracamonte – Nueva EDAR y emisarios de El Barco de Ávila – Mejora y remodelación EDAR, terciario y emisario de La Granja de San Ildefonso 2. Las obras incluidas en esta disposición adicional llevarán implícitas las declaraciones siguientes: a) La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. b) La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
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