Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 20 ene 2009
La participación institucional en el ámbito agrario y de desarrollo rural se regirá por lo dispuesto en la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.
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Proeli/es-ga/l/2008/12/29/17#disposicion-adicional-cuarta