Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 25 ene 2008
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de educación, aprobará en un plazo no superior a un año desde la entrada en vigor de esta Ley la normativa que regule la composición y funciones del Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores.
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Proeli/es-an/l/2007/12/10/17#disposicion-final-segunda