Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 70

En vigor desde 8 dic 2006
Efectuada la correspondiente valoración por el equipo técnico se emitirá un informe en el que se propondrá la adopción de las medidas de protección adecuadas al caso, si procede.
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eli/es-ib/l/2006/11/13/17#art-70

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