Título TÍTULO VI
Art. 90
En vigor desde 20 dic 2018
1. Se crea, en el seno del Consejo Aragonés de la Actividad Física y el Deporte, la Comisión Aragonesa para la Protección de la Salud en el Deporte, a través de la cual se propondrán las políticas autonómicas de prevención y lucha contra el dopaje en el deporte.
2. Estará integrada por personas de reconocido prestigio en los ámbitos científico-técnico, deportivo, médico y jurídico. Su composición, el nombramiento de sus miembros y su régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/04/16#art-90