Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 23 ago 2017
1. Los presupuestos de carbono para los períodos 2021-2025 y 2026-2030 deben aprobarse como máximo el 31 de diciembre de 2020. 2. El presupuesto de carbono para el período 2031-2035 debe aprobarse como máximo el 31 de diciembre de 2023.
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eli/es-ct/l/2017/08/01/16#disposicion-transitoria-sexta

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