Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 99

En vigor desde 20 ene 2012
La Administración sanitaria pública de Andalucía dispondrá de redes que generen y transmitan conocimiento científico y favorezcan la participación ciudadana en materia de salud pública. Estas redes se constituyen para servir como plataforma de difusión de la información, intercambio de experiencias y como apoyo a la toma de decisiones a todos los niveles del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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eli/es-an/l/2011/12/23/16#art-99

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