Capítulo CAPÍTULO I

Art. 12

En vigor desde 1 ene 2004
Se modifica el artículo 129 bis de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, que queda redactado de la forma siguiente: «Artículo 129 bis. Exenciones y bonificaciones. Uno. Están exentos del pago de la tarifa 1.1, "Inscripción en pruebas selectivas para el acceso a cuerpos docentes", del artículo siguiente, los sujetos pasivos con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Dos. Están exentos del pago de las tarifas 1 y 2 los miembros de familias numerosas de honor y de segunda categoría. Tres. Disfrutarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota de las tarifas 1 y 2 los miembros de familias numerosas de primera categoría».
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eli/es-vc/l/2003/12/17/16#art-12

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