Capítulo CAPÍTULO I

Art. 10

En vigor desde 1 ene 2004
Se modifica el artículo 110 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, que queda redactado de la forma siguiente: «Artículo 110. Exenciones y bonificaciones. Uno. Está exenta del pago de esta tasa la autorización para obtener y reproducir microfilms, películas, fotografías o diapositivas, siempre que esta actividad tenga una finalidad científico-docente o estrictamente cultural, realizada sin ánimo de lucro. Dos. Están exentos del pago de la tarifa por expedición de la tarjeta habilitante para la lectura los miembros de familia numerosa de honor y de segunda categoría. Tres. Disfrutarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota de la tarifa por expedición de la tarjeta habilitante para la lectura los miembros de familias numerosas de primera categoría.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

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eli/es-vc/l/2003/12/17/16#art-10

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