Título TÍTULO IV

Art. 30

En vigor desde 30 may 1995
Las actuaciones contenidas en el Plan Forestal para cada una de estas áreas se ejecutarán mediante el correspondiente Plan Forestal Comarcal, compatible con lo establecido en la legislación comunitaria y estatal en materia forestal y de conservación de la naturaleza.
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eli/es-md/l/1995/05/04/16#art-30

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