Título TÍTULO 2

Art. 6

En vigor desde 23 ago 1990
1. El gobierno y la Administración de Arán corresponderán al Consejo General (Conselh Generau). Este estará integrado por el Síndico (Sindic) y los Consejeros generales (Conselhers generaus). 2. Los Consejeros generales, representantes de los vecinos, serán elegidos de acuerdo con lo establecido en la presente Ley. 3. El Consejo General estará integrado por trece miembros.
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eli/es-ct/l/1990/07/13/16#art-6

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